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Documento BOE-A-1979-8811

Orden de 7 de marzo de 1979 por la que se desestima el recurso interpuesto por don Manuel Andrés Moreno Murciano, Secretario de la Administración de Justicia de la rama de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 1979, páginas 7673 a 7673 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1979-8811

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 497/77, seguido por la Sala Segunda de la Audiencia Territorial de Barcelona, promovido por don Manuel Andrés Moreno Murciano contra la Administración demandada, la Dirección General de Justicia, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, versando el proceso sobre inclusión del recurrente como excedente voluntario en el Escalafón del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, se ha dictado sentencia con fecha 26 de enero de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Andrés Moreno Murciano contra la Resolución de la Dirección General de Justicia de cinco de mayo de mil novecientos setenta y siete, denegatoria de la intentada reposición de una anterior resolución de veinticinco de marzo del mismo año, debemos declarar y declaramos ajustadas a derecho las citadas resoluciones; sin costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, y, luego que gane firmeza, líbrese certificación literal de la misma y remítase a los efectos procedentes, juntamente con el respectivo expediente administrativo, al Organo demandado, quien se servirá acusar el oportuno recibo.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará testimonio literal a los autos principales, definitivamente juzgados, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.−Félix Ochoa.−Andrés Aznar.−Enrique Lecumberri (rubricados.)

Publicación: Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el ilustrísimo señor Magistrado ponente don Enrique Lecumberri Martí, que ha sido en los autos a que aquella se contrae, estando esta Sala celebrando audiencia pública,por ante mí el Secretario, en el mismo día de su fecha, doy fe, Longinos López Amigo (rubricado).»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 7 de marzo de 1979.

LAVILLA ALSINA

Ilmo. Sr. Director general de Justicia.

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