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Documento BOE-A-1979-8833

Orden de 16 de febrero de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 402.059.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 1979, páginas 7678 a 7678 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-8833

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, con el número 402.059, interpuesto por don Luis Rodríguez y Rodríguez contra resolución de 15 de noviembre de 1971, se ha dictado sentencia con fecha 18 de abril de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que no dando lugar a la alegación de inadmisiblidad del Abogado del Estado, debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por la representación legal de don Luis Rodríguez y Rodríguez contra resolución dictada por el Ministerio de la Vivienda de quince de noviembre de mil novecientos setenta y uno, que al rechazar alzada, confirma decisión de la Dirección General del Instituto Nacional de la Vivienda de cinco de diciembre de mil novecientos setenta, por la que se impuso al recurrente una multa de quince mil pesetas al no haber realizado las obras ordenadas en cinco de julio de mil novecientos sesenta y nueve por la Delegación Provincial de la Vivienda de La Coruña, en la casa situada en la calle Torre, número ochenta y dos, de esa capital acto administrativo impugnado el primero que, por estar ajustado a derecho, mantenemos en todas su partes; absolviendo a la Administración Pública de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda; sin que sea de hacer-declaración especial en cuanto a costas en el presente procedimiento.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 16 de febrero de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro J. López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de la Vivienda.

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