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Documento BOE-A-1979-8836

Orden de 16 de febrero de 1979 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 403.436.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 1979, páginas 7679 a 7679 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-8836

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, con el número 403.436, interpuesto por don Cándido Mateos Marina contra resolución de 31 de mayo de 1972, se ha dictado sentencia con fecha 28 de junio de 1978, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

«Fallamos: Que estimando, como estimamos, el recurso jurisdiccional interpuesto por el Procurador de los Tribunales don José Luis Herranz Moreno, que actúa en nombre y representación de don Cándido Mateos Marina, contra la resolución del Ministerio de la Vivienda de treinta y uno de mayo de mil novecientos setenta y dos, que desestimó el recurso de alzada interpuesto por el hoy recurrente contra la resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de la Vivienda de quince de enero del mismo año, que acordó la rescisión del contrato suscrito por el citado impugnante y la Obra Sindical del Hogar respecto de la vivienda sita en la calle de José Antonio Girón, número nueve, tercero izquierda, del grupo Virgen del Castañar de la ciudad de Béjar, provincia de Salamanca, concediéndole un plazo para desalojarla, transcurrido el cual se procedería al desalojo de sus ocupantes, debemos declarar y declaramos, anulándolo, que dichos actos son contrarios a derecho; no se hace especial declaración de condena respecto de las costas y tasas judiciales causadas en este recurso.»

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 16 de febrero de 1979.−P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro J. López Jiménez.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de la Vivienda.

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