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Documento BOE-A-1979-9945

Orden de 9 de marzo de 1979 por la que se determinan los miembros de la Subcomisión de Valoración Técnica de la Comisión de Visado de Películas Cinematográficas.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 1979, páginas 8512 a 8512 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-9945

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sres.: El Real Decreto 3071/1977, de 11 de noviembre, por el que se regulan determinadas actividades cinematográficas, crea en su artículo 5.°, en la Dirección General de Cinematografía, una Comisión de Visado de Películas Cinematográficas como órgano colegiado asesor encargado, con carácter exclusivo y ámbito nacional, de emitir dictámenes sobre las películas que vayan a exhibirse públicamente en territorio español, en orden a su clasificación y valoración.

Por otra parte, el mencionado artículo 5.º determina los miembros que formarán parte de las dos Subcomisiones que integran la Comisión de Visado, ordenando que la composición de ésta será pública.

Habiendo transcurrido un año desde el anterior nombramiento de los miembros de la Subcomisión de Valoración Técnica, y habiendo dictaminado ésta sobre la clasificación de «especial calidad» y «especial menores» a las películas con licencia de exhibición expedida en 1978, parece oportuno proceder a una renovación de la citada Subcomisión.

En su virtud, he tenido a bien disponer:

Artículo 1. 

La Subcomisión de Valoración Técnica de la Comisión de Visado de Películas Cinematográficas queda integrada por las siguientes personas:

Presidente: El Subdirector general de Promoción y Difusión de la Cinematografía.

Vocales de libre designación ministerial, a propuesta del Director general de Cinematografía:

D. Jesús García Gárgoles.

D. Manuel de Andrés Zabala.

D. Miguel Picazo Dios.

D. Antonio Mercero Juldain.

D. Luis González Páramo.

D. José María Cunillés y. Nogués.

D. Antonio Martín Torres.

D. Pedro Crespo García.

D. José María Gutiérrez González.

D. Diego Gómez Sempere.

Artículo 2.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 9 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario de Cultura, Fernando Castedo Alvarez.

Ilmos. Sres Subsecretario de Cultura, y Director general de Cinematografía.

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