El Tribunal Constitucional, por providencia de 1 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 456/94, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla, respecto de los artículos 33, 34, 35 y 36 de la Ley de 2 de diciembre de 1872, de creación del Banco Hipotecario de España, por poder vulnerar el artículo 14 de la Constitución.
Madrid, 1 de marzo de 1994.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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