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Documento BOE-A-1994-922

Resolución de 25 de noviembre de 1993, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se ordena la publicación del plan de estudios de Ingeniero industrial, que se imparte en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Terrassa, dependiente de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 1994, páginas 1137 a 1144 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1994-922

TEXTO ORIGINAL

Aprobado el plan de estudios de Ingeniero Industrial de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Terrassa, en la sesión de Junta de Gobierno de fecha 20 de abril de 1993 y homologado por acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades de fecha 28 de septiembre de 1993,

Este Rectorado ha resuelto ordenar la publicación de dicho plan de estudios conforme a lo establecido en el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (<Boletín Oficial del Estado> de 14 de diciembre).

El plan de estudios al que se refiere la presente Resolución quedará estructurado conforme a lo que figura en los anexos de la misma.

Barcelona, 25 de noviembre de 1993.-El Rector, Gabriel Ferraté Pascual.

ESTRUCTURA GENERAL DEL PLAN DE ESTUDIOS

Plan de estudios conducente a la obtención del título de Ingeniero Industrial.

Enseñanzas de primer y segundo ciclo.

Centro universitario responsable de la organización del plan de estudios: Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Terrassa.

Carga lectiva global: 375 créditos.

Distribución de los créditos

Troncales (sin PFC) / Obligator.

(sin PFC) / Materias optativas / Créditos de libre config. / Total

I ciclo / 108 / 43,5 / - / 18,0 / 18,0 / 187,5

II ciclo / 81 / 13,5 / 15 (1) / 58,5 (2) / 19,5 / 187,5

(1) Créditos que deben cursarse obligatoriamente.

(2) 10,5 de estos créditos son prácticos y corresponden a proyectos específicos.

Se exige trabajo o proyecto fin de carrera o examen o prueba general necesaria para obtener el título: Sí.

Sí se otorgan, por equivalencia, créditos a:

Sí prácticas en empresas, instituciones públicas o privadas, etcétera.

Sí estudios realizados en el marco de convenios internacionales suscritos por la Universidad.

Expresión, en su caso, de los créditos otorgados: Máximo 20 créditos.

Expresión del referente de la equivalencia: Optativas, 30 h = 1 crédito práctico.

Años académicos en que estructura el plan, por ciclos:

Primer ciclo: Cinco semestres.

Segundo ciclo: Cinco semestres.

Organización del plan de estudios

Estructura del plan de estudios.-La carrera tendrá una carga lectiva total de 375 créditos, con una duración de diez semestres (el proyecto fin de carrera está incluido en esta carga total), estructurados en dos ciclos de cinco semestres cada uno.

El segundo ciclo incluye una optatividad de 48 créditos de materias regladas, 10,5 créditos de proyectos específicos, lo cual permite la configuración de bloques optativos de intensificación, coherentes y estructurados y reserva un número de créditos de libre elección para poder configurar una parte de la formación.

Materias optativas en el primer ciclo.-Las materias optativas que el estudiante deberá cursar durante el primer ciclo corresponderán a dos bloques diferenciados:

Ampliación de materias básicas (nueve créditos como mínimo).

Materias pretecnológicas (nueve créditos como máximo).

Materias optativas en el segundo ciclo.-En el segundo ciclo, se incluye un bloque de 40,5 créditos de materias optativas que conforman las distintas intensificaciones tecnológicas de la carrera. Igualmente se reservan 10,5 créditos de proyectos específicos de intensificación. Los estudiantes deberán cursar, obligatoriamente uno de los bloques optativos de especialización y un total de 7,5 créditos a escoger de un bloque de materias de gestión.

Bloques optativos de especialización (BODE).-Serán establecidos por la Escuela de acuerdo con la demanda social de las distintas especializaciones.

Como criterio general cada BODE está formado por un conjunto de materias de las que unas serán fundamentales y otras complementarias, dentro del propio BODE y del resto de BODE. Todas las materias que conforman el resto de BODE podrán ser escogidas también como materias de libre elección.

La oferta global de asignaturas de cada BODE será superior a los 40,5 créditos que lo definen, con objeto de mantener un cierto grado de optatividad dentro del BODE.

Fase selectiva.-Los dos primeros semestres constituyen la fase selectiva. El conjunto de las asignaturas de ambos semestres, se establece como prerrequisitos de todas las demás materias del primer ciclo. El conjunto de las asignturas que constituyen esta fase son:

Expresión Gráfica I (6 créditos T).

Física I (7,5 créditos T+A).

Laboratorio de Física I (1,5 créditos O).

Física II (4,5 créditos T+A).

Laboratorio Física II (1,5 créditos O).

Mecánica (6 créditos O).

Algebra lineal (7,5 créditos T+A).

Cálculo I (7,5 créditos T+A).

Cálculo II (9 créditos O).

Química Básica (6 créditos T).

Laboratorio de Química (1,5 créditos O).

Ampliación de Química (4,5 créditos O).

Informática Básica (6 créditos T).

Economía (6 créditos T).

Acceso al segundo ciclo de la carrera de Ingeniero Industrial.-Para los alumnos del propio Centro, las materias troncales y obligatorias de primer ciclo son prerrequisitos de todas las materias troncales, obligatorias u optativas del segundo ciclo.

Los alumnos procedentes de otra Escuela de Ingenieros Industriales deberán demostrar haber superado el primer ciclo en su Escuela de origen.

Los estudiantes procedentes de una carrera de primer ciclo con título terminal deberán acreditar haber superado los requisitos necesarios para obtener el título de primer ciclo.

La Universidad podrá determinar, en cada caso, un conjunto de asignaturas de primer ciclo que el estudiante podrá cursar durante el segundo ciclo, con el fin de adquirir los conocimientos necesarios para superar con aprovechamiento el segundo ciclo. En cualquier caso, los créditos de estas asignaturas serán computables como créditos de segundo ciclo.

Asimismo, la Universidad determinará en cada caso las asignaturas convalidadas de segundo ciclo. Los créditos correspondientes a estas asignaturas serán computados como créditos ya cursados de segundo ciclo. En cualquier caso, el estudiante deberá cursar las asignturas obligatorias no convalidadas de segundo ciclo.

Período de escolaridad.-El período de escolaridad mínimo para la obtención de la carrera de Ingeniero Industrial será de diez semestres.

Mecanismos de convalidación al nuevo plan de estudios.-La implantación del nuevo plan de estudios se realizará de forma progresiva, extinguiendo cada año un curso de plan de 1964 y dando la posibilidad de examenes, sin docencia, que establece la Ley. Una vez agotadas las posibilidades de examen, el estudiante será incorporado al plan 93, con aplicación automática del cuadro de convalidaciones vigente.

A un estudiante que quiera pasar del plan 64 al plan 93, en ningún caso, la carga que le falte para acabar la carrera podrá ser superior a la que le quedaría si continuara en el plan en que inició la carrera. Este criterio ha de modular las convalidaciones de asignaturas, que deberán basarse fundamentalmente en criterios de equivalencia de formación.

(ANEXOS OMITIDOS)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/11/1993
  • Fecha de publicación: 14/01/1994
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-27707).
Materias
  • Ingenieros Industriales
  • Planes de estudios
  • Universidad Politécnica de Cataluña

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