En el recurso contencioso-administrativo número 1419/1992, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por doña María del Coro Cillán García de Iturrospe, contra la Administración del Estado sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 17 de junio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María del Coro Cillán García de Iturrospe contra la resolución de fecha 17 de junio de 1991 de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora que evaluó negativamente la actividad desarrollada por la interesada en su primer y segundo tramo, y contra la resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 2 de septiembre de 1992 que desestimó el recurso de alzada formulada frente a aquélla, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por ser contrarias al ordenamiento jurídico reponiendo las actuaciones administrativas al trámite en que se produjo la infracción a fin de que la indicada Comisión Nacional proceda a evaluar nuevamente la actividad investigadora del demandante, razonando y motivando adecuadamente la decisión que adopte con arreglo a los criterios y principios establecidos en la Orden de 5 de febrero de 1990; sin hacer imposición de las costas.»
Dispuesto por Orden de 30 de noviembre de 1994 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos.
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 22 de diciembre de 1994.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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