En el recurso contencioso-administrativo número 969/1992, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, interpuesto por doña Carmen Cremades Griñán, contra la Administración del Estado sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 13 de mayo de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimamos el recurso interpuesto por doña Carmen Cremades Griñán contra la resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 18 de febrero de 1992, y, en su consecuencia, la anulamos y dejamos sin efecto por no ser conforme a Derecho, debiendo la administración demandada dictar otro en el que se contenga la evaluación individualizada de los méritos investigadores acreditados por la demandante; sin costas».
Dispuesto por Orden de 30 de noviembre de 1994 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos.
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 22 de diciembre de 1994.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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