Esta Dirección General tiene a bien resolver la modificación de la Resolución de 16 de enero de 1995, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 23, del 27, conforme a los siguientes anexos:
Anexo 1.
En la página 2695 del «Boletín Oficial del Estado», en el punto sexto de la mencionada Resolución, donde dice: «mediante aportación de certificado de la entidad organizadora, dossier de prensa si lo hubiera y certificado de la representación española en el lugar donde se efectúe la actividad», debe decir: «a) Mediante aportación de certificado de la entidad organizadora de la actividad, dossier de prensa si lo hubiera o mediante declaración expresa del Jefe de Misión o del Consejero Cultural si hay Embajada o Consulado de España en el lugar donde se realice la actividad. b) Si la actividad se realizara en una localidad donde no haya representación española o no tenga un lugar concreto de realización, mediante declaración expresa del beneficiario que confirme su ejecución y cuyos términos serán comprobados y evaluados por los Servicios de esta Dirección General en informe que se adjuntará al expediente.».
Anexo 2.
En la misma página, el punto séptimo quedará redactado de la siguiente forma: «Séptimo. Pago de las subvenciones.-Una vez presentada la documentación prevista en el punto segundo y habiendo justificado la actividad tal como se indica en el punto sexto, ambos de la presente convocatoria, esta Dirección General tramitará el pago de la totalidad de la subvención concedida.».
Madrid, 20 de marzo de 1995.-El Director general, Delfín Colomé Pujol.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid