Visto el expediente de indulto de doña Amparo Saborit Ginés, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 2.º del Código Penal por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, que en sentencia de fecha 25 de septiembre de 1993 le condenó, como autora de un delito de malversación de caudales, a la pena de seis años y un día de prisión mayor e igual tiempo de inhabilitación absoluta, por hechos cometidos en el mes de abril de 1991, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 1995,
Vengo en indultar a doña Amparo Saborit Ginés la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 7 de abril de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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