La Orden de 26 de marzo de 1992, reguladora del régimen de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, en sus apartados tercero.4 y quinto.3, y la Resolución de 24 de enero de 1995, sobre el régimen de ayudas singulares de convocatoria abierta para 1995, en su apartado décimo, establecen la obligación de publicar trimestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» las ayudas y subvenciones concedidas.
Asimismo, el Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de noviembre de 1992, que reconoce un régimen especial transitorio para las subvenciones y ayudas de la Agencia destinadas a la cooperación internacional que no prevén expresamente los requisitos de concurrencia y publicidad en el ámbito de las relaciones internacionales, dispone igualmente en su apartado tercero la publicación trimestral de los beneficiarios de las mismas, en los términos exigidos por el artículo 81.7 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, publicación de las ayudas y subvenciones.
En ejecución de estos mandatos, la Presidencia de la Agencia, en uso de las facultades que le corresponden, resuelve la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación (anexo que se acompaña) de las ayudas y subvenciones abonadas, en los términos previstos en la Resolución de 24 de enero de 1995 y en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de noviembre de 1992, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 1995, excluidos los programas de becas y ayudas de convocatoria general y específicas cuyas relaciones de beneficiarios se publican en resolución aparte.
Madrid, 7 de abril de 1995.-La Presidenta, P. D. (Resolución de 1 de abril de 1991, «Boletín Oficial del Estado» del 13), la Secretaria general, Elena Ave Velasco.
(ANEXO OMITIDO)
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