En el recurso contencioso-administrativo número 223/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Chanel, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de noviembre de 1990, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 13 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha de 18 de noviembre de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo promovido por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, en nombre y representación de ''Chanel, Société Anonyme'', contra la resolución de 13 de mayo de 1993, del Registro de la Propiedad Industrial, desestimatoria del recurso de reposición formulado contra la resolución del mismo Registro, de 5 de noviembre de 1990, mediante la que se acuerda la concesión de registro de la marca 1.251.877, gráfica, y declaramos:
Primero.-La nulidad de ambas resoluciones por no ser conformes a Derecho.
Segundo.-No procede hacer expresa declaración en materia de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid