Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 16 de enero de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 722/1992, promovido por don Tomás García Polo, sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Isacio Calleja García, en nombre y representación de don Tomás García Polo, contra la Orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha 18 de septiembre de 1989, en cuanto desestimatoria del recurso de alzada contra la Resolución dictada por el Director general de Ordenación Pesquera, de fecha 19 de diciembre de 1988, por la que se impuso a dicho recurrente una sanción de 200.000 pesetas, así como la no renovación del permiso temporal de pesca, con las accesorias legales correspondientes, cuyas resoluciones confirmamos, por ser conformes a derecho; sin especial pronunciamiento sobre costas.»
Este Ministerio, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 19 de abril de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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