Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «TecnoData, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Navarra, 15-17, primera planta, 08014 Barcelona,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al transmisor para telealarma, marca «Tecno-Data», modelo TX-7200, con la inscripción E 00 95 0127, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general, Javier Nadal Ariño.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación para el
Equipo: Transmisor para telealarma.
Fabricado por: «Tecno-Data, Sociedad Anónima», en España.
Marca: «Tecno-Data».
Modelo: TX-7200,
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 2255/1994, de 25 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 1995), /
con la inscripción / E / 00 95 0127 /
y plazo de validez hasta el 31 de marzo de 2000.
Advertencia:
Potencia máxima: 4 W.
Separación canales adyacentes: 12,5 KHz.
Modulación: Frecuencia.
Banda utilizable: 139,8000-142,0750 MHz.
La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291 del 4), expido el presente certificado.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general de Telecomunicaciones, Javier Nadal Ariño.
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