Visto el texto del acuerdo de adhesión de la empresa «People Murcia E. T. T., Sociedad Limitada» (número de código 9009562), al Convenio Colectivo de la empresa «People Justo a Tiempo E. T. T., Sociedad Anónima» (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 4, de 5 de enero de 1995), acuerdo que fue suscrito con fecha 21 de febrero de 1995, de una parte, por quien ostenta la representación legal de la citada empresa, en representación de la misma, y de otra, por el Delegado de Personal, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 92.1 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y 2.º del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo acuerda:
Primero.-Ordenar la inscripción del citado acuerdo de adhesión en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de abril de 1995.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
REUNION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES
Y DE LA EMPRESA «PEOPLE MURCIA, E. T. T., SOCIEDAD
LIMITADA», CON NUMERO DE AUTORIZACION 30/0001/95
En Murcia a 21 de febrero de 1995.
Reunidos en el centro de trabajo de la mercantil «People Murcia E. T. T., Sociedad Limitada», sito en avenida Gran Vía, número 19, sexto, en segunda sesión convocada por la representante de los trabajadores, y con el siguiente orden del día:
1. Estudiar la propuesta de la representación de la empresa, en la primera reunión mantenida con la misma el día 18 de los corrientes, de anexionarnos a otro existente.
En caso de que se decida la anexión a uno ya existente, proponer el texto de un convenio.
2. En el caso de que se opte por un convenio propio, establecer un calendario de negociaciones.
3. Remitir la información a la autoridad laboral competente para que tenga constancia de ello.
Se tomaron los siguientes acuerdos:
1.º Anexionarnos a un convenio ya existente.
2.º Anexionarnos al Convenio Colectivo de «People Justo a Tiempo E. T. T., Sociedad Anónima», con el número de autorización administrativa 79/0013/94 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 4, con fecha 5 de enero de 1995.
Por la empresa: Doña María Carmen García Sánchez.
Por los trabajadores: Doña Pilar Ferrer Hita.
3.º En cuanto a la comunicación a la autoridad laboral, doña Pilar Ferrer Hita, representante de los trabajadores, expresó su voluntad de personarse en la Dirección Provincial de Trabajo, para presentar el acta con el anexo del convenio firmado por duplicado por los representantes de la empresa y de los trabajadores, hojas estadísticas y la correspondiente petición, que se comprometió a redactarse, para solicitar que dicha Dirección se tuviera por comunicada.
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