En el recurso contencioso-administrativo número 531/1988, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por don José Luis Santo Llorente y don Juan Enrique Martín Pulido, contra las resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de septiembre de 1987 y 29 de julio de 1988, se ha dictado, con fecha 22 de diciembre de 1994 por el Tribunal Supremo en grado de apelación, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso de apelación y, en consecuencia:
1. Revocamos la sentencia apelada.
2. Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Torres Ríus, en nombre y representación de don José Luis Santo Llorente y don Juan Enrique Martín Pulido, contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 1 de septiembre de 1987, confirmada en reposición por la de 29 de julio de 1988 (ambas descritas en el primero de los fundamentos de Derecho de esta sentencia), cuyas resoluciones declaramos disconformes a Derecho y anulamos.
3. Declaramos el derecho de don Juan Enrique Martín Pulido a ser inscrito como Agente Oficial de la Propiedad Industrial en sustitución de don José Luis Santo Llorente.
4. No hacemos condena en las costas de ninguna de las dos instancias.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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