La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia, con fecha 13 de diciembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 735/1993 en el que son partes, de una, como demandante, don Francisco Caro González, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 9 de agosto de 1993, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 11 de marzo de 1993, sobre pensión complementaria de jubilación (AISS).
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Rechazando la causa de inadmisibilidad y con desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Francisco Caro González, contra la Resolución de fecha 11 de marzo de 1993 de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado que denegó su petición de percibir la suma de 1.140.070 pesetas en concepto de pensiones, y contra la de 9 de agosto de 1993 del Ministerio para las Administraciones Públicas que desestimó el recurso de alzada formulado frente a aquélla, debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las citadas resoluciones; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid 20 de abril de 1995.--P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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