La Diputación Provincial de Segovia, mediante Decreto firmado por el ilustrísimo señor Presidente con fecha 30 de marzo de 1995 y actuando en virtud de la delegación conferida por la Junta de Castilla y León en el Decreto 256/1990, de 13 de diciembre, ha resuelto:
Primero.-Aprobar el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Fuentepelayo (Segovia), de adopción de escudo heráldico y bandera municipales, conforme al siguiente diseño:
Escudo municipal: Escudo mantelado. Primero, de gules con un báculo episcopal de oro. Segundo, de oro con tres gallos de sable, armados, picados y crestados de gules, puestos en palo. El mantel con ondas de plata y azur. Timbrado de la Corona Real Española.
Bandera municipal: Bandera cuadrada de proporción 2:3, partida al tercio del asta de amarillo (1/3) y rojo (2/3), y sobre la partición amarilla tres gallos negros, picados, armados y crestados de rojo.
Segundo.-Dar traslado de este Decreto al Ayuntamiento de Fuentepelayo y que se dé publicidad al mismo en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 105/1991, de 9 de mayo, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de la Junta de Castilla y León.
Segovia, 6 de abril de 1995.-El Presidente, Atilano Soto Rábanos.
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