En el recurso contencioso-administrativo número 1.000/1993, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, interpuesto por don Agustín Romero Medina contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 30 de julio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimar el recurso interpuesto por don Agustín Romero Medina contra la resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 10 de febrero de 1993, y en su consecuencia, la anulamos y dejamos sin efecto por no ser conforme a Derecho, debiendo la Administración demandada dictar otro en el que se contenga la evaluación individualizada de los méritos investigadores acreditados por el demandante; sin costas.»
Dispuesto por Orden de 23 de febrero de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 6 de abril de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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