Visto el expediente de indulto de don Rafael Arispe Berna, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid y el Juzgado de lo Penal número 3 de Madrid, en sentencias de fecha 29 de noviembre de 1990 y 9 de enero de 1991, respectivamente, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de cinco años de prisión menor y otro delito de robo, a la pena de seis meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos los días 16 de agosto y 3 de septiembre de 1986, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de diciembre de 1994,
Vengo en indultar a don Rafael Arispe Berna las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia y no vuelva a cometer delito en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 16 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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