En el recurso contencioso-administrativo número 2.140/1991, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por don Miguel Celemín Matachana, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 5 de noviembre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Miguel Celemín Matachana contra la Resolución de 23 de noviembre de 1990, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, que valoró negativamente el único tramo solicitado por el interesado, y contra la Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 29 de enero de 1992, que desestimó el recurso de alzada formulado frente a aquélla, debemos anular y anulamos las citadas Resoluciones por ser contrarias al ordenamiento jurídico, en lo relativo a la mencionada valoración negativa, confirmándolas en cuanto a la valoración positiva que contienen, reponiendo las actuaciones administrativas al trámite en que se produjo la infracción, a fin de que la indicada Comisión Nacional proceda a evaluar nuevamente el tramo objeto del recurso, razonando y motivando adecuadamente la decisión que adopte respecto del recurrente, con arreglo a los criterios y principios establecidos en la Orden de 5 de febrero de 1990; sin hacer imposición de costas.»
Dispuesto por Orden de 24 de marzo de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 18 de abril de 1995.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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