En el recurso contencioso-administrativo número 589/1993, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, interpuesto por don Martín Domínguez Lázaro, contra la Administración del Estado sobre la evaluacion negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 14 de junio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Desestimando íntegramente el recurso interpuesto por don Martín Domínguez Lázaro, contra la Resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora de 22 de noviembre de 1990, así como la de 22 de abril de 1992, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación referida en el primer fundamento de esta Resolución, debemos declarar y declaramos ajustado a derecho tal acto, por lo que se mantiene sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.»
Dispuesto por Orden de 15 de diciembre de 1994 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 27 de diciembre de 1994.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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