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En el recurso contencioso-administrativo número 1.227/1993, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, interpuesto por doña Carmen Noemí Zoroa Alonso, contra la Administración del Estado sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 9 de diciembre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimar el recurso contencioso-administrativo número 1.227/1993, interpuesto por doña Carmen Noemí Zoroa Alonso contra la Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia de 10 de febrero de 1993, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la de 17 de diciembre de 1991, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, que valoró negativamente el único tramo de actividad investigadora como Profesor universitario solicitado por la interesada (comprendido entre los años 1983 y 1988), anulando y dejando sin efecto dichos actos impugnados por no ser ajustados a Derecho, para que por la Administración demandada se proceda a sustituirlos por otros en los que se contenga la evaluación individualizada de los méritos investigadores acreditados por la recurrente sobre las bases contenidas en el último fundamento jurídico de esta sentencia; sin costas.»
Dispuesto por Orden de 22 de marzo de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 18 de abril de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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