Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Instituto Asturiano de Administración Pública Adolfo Posada, de la Consejería de Interior y Administraciones Públicas del Principado de Asturias y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), el día 28 de marzo de 1995, un convenio para fijar las líneas de colaboración entre ambas instituciones, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 10 de abril de 1995.-El Director General, Felipe Martínez Martínez.
CONVENIO MARCO DE COLABORACION ENTRE EL INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACION PUBLICA ADOLFO POSADA, DE LA CONSEJERIA DE INTERIOR Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Y EL CENTRO DE ESTUDIOS Y EXPERIMENTACION DE OBRAS PUBLICAS (CEDEX), DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE
R E U N I D O S
De una parte, la ilustrísima señora doña María Antonia Fernández Felgueroso, Consejera de Interior y Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y Presidenta del Consejo Rector del Instituto Asturiano de Administración Pública Adolfo Posada (en lo sucesivo IAAP),
Y de otra, el ilustrísimo señor don Felipe Martínez Martínez, Director general del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), organismo autónomo de la Administración del Estado, en virtud de las facultades conferidas por el Real Decreto 2558/1985, de 27 de diciembre.
Ambas partes, según intervienen, declaran poseer y se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este convenio y, al efecto,
E X P O N E N
1. Que al IAAP le corresponde, entre otras funciones, la organización de cursos de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Comunidad Autónoma para su permanente actualización, pudiendo, mediante convenios u otras formas similares de colaboración con centros que persigan fines análogos y con otras Administraciones Públicas, desarrollar actividades de formación, según lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 65/1990, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias por el que se crea dicho órgano.
2. Que el CEDEX, de conformidad con el punto 7), artículo 3.º, del Real Decreto 2558/1985, de 27 de diciembre, realiza, entre otras funciones, la promoción de formación y perfeccionamiento técnico del personal del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, y de los distintos sectores de actividad científica y técnica relacionados con el mismo; fomento de la colaboración y cooperación con organizaciones nacionales e internacionales en materia de enseñanza y difusión de las técnicas relacionadas con las obras públicas, la ordenación del territorio y la utilización y protección de los recursos naturales.
3. Ambos organismos manifiestan que:
a) El profundo cambio ocupacional que se está produciendo, derivado de la implantación de nuevas tecnologías y métodos de organización, unido al especial énfasis puesto por las distintas Administraciones Públicas en alcanzar el nivel de calidad que demanda la sociedad actual en la prestación de servicios públicos, convierten los recursos humanos en un factor estratégico esencial para el desarrollo y permanente adaptación de las organizaciones, por todo lo cual deben desempeñar un papel importante las tareas de formación y de intercambio de documentación.
b) La cooperación entre instituciones públicas con objetivos coincidentes, incorpora un potencial aumento de las capacidades respectivas, por lo que declaran su voluntad expresa de colaborar activamente en las respectivas áreas de competencia.
En su virtud, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio Marco de Colaboración, con arreglo a las siguientes
C L A U S U L A S
Primera.-El presente Convenio Marco, que se establece con carácter de cauce para futuras actuaciones, tiene por objeto fijar las líneas de colaboración entre el Instituto Asturiano de Administración Pública Adolfo Posada y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), en orden a:
a) Realizar conjuntamente trabajos de investigación y asesoramiento en materia de documentación y de formación de personal técnico de ambas instituciones.
b) Realizar cursos y seminarios.
c) Colaborar en cualquier otra materia de interés común para la Consejería de Interior y Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, dentro de sus respectivas competencias.
La concreción de las futuras actuaciones se formalizará mediante acuerdos específicos en los que figurarán los trabajos a realizar, los compromisos que asume cada una de las partes y la cronología de su desarrollo.
Segunda.-La propiedad intelectual de los trabajos de investigación realizados y la de cualquier documentación producida al amparo del presente convenio corresponderá conjuntamente a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y al CEDEX, los cuales podrán utilizarlos y divulgarlos libremente, salvo que en los acuerdos específicos se establezcan limitaciones a esta divulgación o se determine su confidencialidad.
Tercera.-La formalización del presente Convenio Marco no lleva aparejado gasto alguno. No obstante, en los acuerdos específicos se podrán prever compensaciones económicas en las siguientes condiciones:
a) Por la realización de un trabajo concreto. En este caso, en el acuerdo específico figurará la cuantía total de la compensación o, en su caso, compensaciones parciales una vez que se haya hecho la entrega total o parcial del correspondiente trabajo, con la conformidad de la comisión de seguimiento prevista en la cláusula cuarta.
b) Por la realización de actividades discontinuas de asesoramiento y colaboración. En este supuesto, la compensación económica se calculará en base a la participación de los expertos, figurando en el acuerdo específico, el número máximo de horas previstas y el importe de la compensación por hora; asimismo, se incluirá la parte correspondiente a los desplazamientos que, en su caso, se puedan producir.
Cuarta.-Para facilitar la coordinación y seguimiento de las actuaciones específicas derivadas del presente Convenio Marco se creará una comisión de seguimiento integrada por dos representantes del Instituto Asturiano de Administración Pública Adolfo Posada y dos del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), cuya composición acordarán ambas instituciones en su momento.
Quinta.-El presente Convenio Marco entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración ilimitada, sin perjuicio de su extinción por denuncia unilateral, mutuo acuerdo entre las partes o cualquiera de las cláusulas previstas en la normativa de contratación administrativa.
La resolución de este Convenio Marco no afectará al desarrollo de los acuerdos específicos que se hubieran formalizado, los cuales se mantendrán vigentes hasta su total conclusión.
En prueba de conformidad, firman ambas partes el presente Convenio Marco, por duplicado ejemplar, en Madrid, a 28 de marzo de 1995.-La Consejera de Interior y Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, María Antonia Fernández Felgueroso.-El Director general del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, Felipe Martínez Martínez.
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