Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «AEG Radiocomunicaciones, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, camino de Hormigueras, 146, código postal 28031,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al radioteléfono móvil UHF, marca «AEG», modelo Telecar ES, con la inscripción E 00 95 0100, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general, Javier Nadal Ariño.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación para el
Equipo: Radioteléfono móvil UHF.
Fabricado por: «AEG Radiocomunicaciones, Sociedad Anónima», en España.
Marca: «AEG».
Modelo: Telecar ES.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Orden de 17 de diciembre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 1986) y corrección de errores («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio de 1986), /
con la inscripción / E / 00 95 0100 /
y plazo de validez hasta el 31 de marzo de 2000.
Advertencia:
Potencia máxima: 12 W.
Separación canales adyacentes: 12,5 KHz.
Modulación: Frecuencia.
Banda utilizable: 401-430 MHz.
La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioléctrico y del servicio.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general de Telecomunicaciones, Javier Nadal Ariño.
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