Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de don Tomás Pastor Gutiérrez, con domicilio social en Madrid, paseo San Francisco de Sales, 44, P-10, código postal 28003,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al modem/fax para RTC (G3, V21 a V34), marca «Multitech Multimodem», modelo MT-2834-BLI, con la inscripción E 00 95 0075, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general, Javier Nadal Ariño.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por el Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación para el
Equipo: Modem/fax para RTC (G3, V21 a V34).
Fabricado por: «Multitech Systems Inc.», en Estados Unidos.
Marca: «Multitech Multimodem».
Modelo: MT-2834-BLI.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 12 de diciembre), y Real Decreto 1532/1989, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 19), /
con la inscripción / E / 00 95 0075 /
y plazo de validez hasta el 31 de marzo de 2000.
Advertencia:
Para V32 bis y para V34 no se garantiza la interoperabilidad, ni con los del mismo tipo, ni con cualquier otro que se conecte a la red telefónica conmutada.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado en los términos establecidos en el artículo 14.2 del Real Decreto 1066/1989.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general, Javier Nadal Ariño.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid