Contido non dispoñible en galego
Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 18 de noviembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 61/93, promovido por don Manuel Martín Visiedo y otros, contra resoluciones expresas de este Ministerio desestimatorias de las reclamaciones formuladas sobre indemnización por residencia en Melilla, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«FALLAMOS: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Martín Visiedo, don Enrique Criado Ozcariz, doña María Dolores de la Poza Martín, doña María Natividad Gallego Fernández, doña María Belén Moya Ibáñez, doña Francisca Gallego Fernández, don Antonio González Palomo, don Francisco Cuenca García, doña María Angeles Ramos Alija, don Mario Jesús Torres Contreras, don José Vela Durán, doña María Concepción Ramírez Rivero, don Rafael Lozano Escamez, don José Luis Herrera Carrillo, doña Carmen Madolell Orozco, don Antonio Gutiérrez Molina, don Antonio Rubio Ruiz y don Francisco Planes Briseño contra resoluciones del Instituto Nacional de la Salud, que les denegaron sus solicitudes de indemnización por residencia en Melilla, declaramos tales actos conformes a derecho y absolvemos a la Administración de los pedimentos de la demanda; sin condena en costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 24 de abril de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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