En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Huelva, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios,
Esta Presidencia de la Comisión Gestora, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 7 de la citada Ley y en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Huelva, con arreglo a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza en la Escala Técnica de Administración de la Universidad de Huelva. Dichas plazas se cubrirán por el sistema de promoción interna prevista en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
1.2 Disposiciones aplicables.-La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, Ley 30/1984, de 2 de agosto y demás disposiciones de aplicación.
1.3 Elección de destinos.-La elección de las plazas incluidas en la base 1.1 se realizará por los aspirantes aprobados según el orden de puntuación obtenida.
No obstante, los aspirantes aprobados podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo.
En este caso, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
1.4 Sistema de selección.-El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición.
La fase de oposición estará formada por los ejercicios que se detallan en el anexo II, los que se valorarán según los criterios que en el citado anexo se exponen.
1.5 Calendario.-Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del 20 de enero de 1995.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero técnico superior, Arquitecto.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de funciones públicas.
f) Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán prestar servicios en la Universidad de Huelva como funcionario en activo del Cuerpo o Escala inmediatamente inferior al que se aspire con dos años de antigüedad.
2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos.-Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.
3. Solicitudes
3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en la Sección de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva.
A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad.
3.2 Recepción de solicitudes.-La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Huelva en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al excelentísimo señor Presidente de la Comisión Gestora.
3.3 Minusválidos. Adaptaciones.-Los aspirantes con discapacitación deberán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medio para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.4 Certificación.-Los aspirantes deberán presentar, unida a su solicitud, certificación expedida por la Sección de Gestión del PAS de la Universidad de Huelva.
3.5 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva dictará resolución en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar de realización de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.
4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
5. Tribunales
5.1 Composición.-El Tribunal calificador de estas pruebas estará formado por el Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva o persona en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo, y por cuatro funcionarios designados por el Presidente de la Comisión Gestora. Los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Presidente de la Comisión Gestora al mismo tiempo que se expongan las listas de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.
5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en dichos artículos.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.
5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada del Presidente y Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 Sesiones.-A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
5.8 Adaptaciones para minusválidos.-El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.10 Información a los participantes.-A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Huelva, calle Cantero Cuadrado, 6.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).
5.12 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.2 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha, hora y lugar de celebración de los ejercicios se publicarán por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.
6.4 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a pruebas selectivas a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados
7.1 Publicación.-Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad. Dicha relación contendrá la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios celebrados.
Dicha relación será sometida al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, para su conformidad.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en la Sección de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva, los siguientes documentos:
a) Fotocopia debidamente compulsada del título de Licenciado, Ingeniero técnico superior, Arquitecto o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III de esta convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
8.2 Exención de justificación.-Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo constar certificación del Ministerio u organismo del que dependiere para acreditar tal condición, especificando cuáles son los documentos ya presentados. Asimismo habrá de incluir dicho certificado con expresión del número e importe de trienios acreditados y de la fecha de su cumplimiento.
8.3 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Oferta y petición de destinos.-La petición de destino por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Presidente de la Comisión Gestora, previa oferta de los mismos, teniéndose en cuenta a la hora de las adjudicaciones lo previsto en la base 1.3.
8.5 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Huelva, 20 de diciembre de 1994.-El Presidente de la Comisión Gestora, Francisco Ruiz Berraquero.
ANEXO I
Programa
Tema 1. El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. La Constitución Española de 1978. Estructura general.
Tema 2. Los valores superiores de la Constitución. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución Española. Garantías y suspensión.
Tema 3. El Estado español como estado social y democrático de derecho. La participación social en la actividad del Estado: Su inserción en los órganos de la Administración Pública.
Tema 4. El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.
Tema 5. La Corona. Regulación en la vigente Constitución Española. Atribuciones, sucesión, regencia y tutoría.
Tema 6. Las Cortes Generales. Sistema electoral, composición, organización y funciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
Tema 7. Procedimiento de elaboración y aprobación de Leyes, sus modalidades, referéndum.
Tema 8. La función parlamentaria de control de Gobierno. Modalidades.
Tema 9. El Gobierno. Funciones y potestades en el sistema constitucional español. La designación y remoción del Gobierno y su Presidente. Composición del Gobierno.
Tema 10. Gobierno y Administración. Regulación en la Constitución Española de las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Tema 11. Regulación de la organización territorial del Estado en la Constitución Española de 1978: Principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas.
Tema 12. Estado y Comunidades Autónomas. Delimitación de competencias. Materias en las que el Estado tiene competencia exclusiva.
Tema 13. Regulación del Tribunal Constitucional en la Constitución Española de 1978: Composición, jurisdicción, competencia.
Tema 14. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos.
Tema 15. La Administración Pública. Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado, Gobierno y Administración.
Tema 16. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.
Tema 17. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. La Constitución.
Tema 18. La Ley: Concepto. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos- leyes y Decretos Legislativos.
Tema 19. El Reglamento. Clases de Reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.
Tema 20. La Ley y el Reglamento. Reserva de Ley y reserva reglamentaria. Reglamentos ilegales.
Tema 21. La relación jurídico-administrativa: Concepto. Sujetos de la relación jurídico-administrativa. El administrado.
Tema 22. Los interesados. Capacidad de obrar. Concepto de interesado. Representación. Pluralidad de interesados. Identificación de interesados.
Tema 23. La intervención administrativa. La clasificación tradicional de las formas de acción administrativa: Fomento, Policía y Servicio Público.
Tema 24. El fomento: Manifestaciones más importantes de la acción administrativa de fomento.
Tema 25. La actividad de policía en el Estado de Derecho. Los poderes de policía de las distintas Administraciones Públicas. Principales manifestaciones en la acción administrativa de policía.
Tema 26. La actividad administrativa de Servicio Público. Formas de gestión de los Servicios Públicos. Especial referencia a la concesión adminstrativa.
Tema 27. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.
Tema 28. Requisitos de los actos administrativos. Producción y contenido. Motivación. Forma.
Tema 29. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad. Efectos de los actos administrativos. Notificación. Práctica de la notificación. Publicación. Indicación de notificaciones y publicaciones.
Tema 30. Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad.
Tema 31. Transmisibilidad. Conversión de actos viciados. Conservación de actos y trámites. Convalidación.
Tema 32. El procedimiento administrativo. Fases. Iniciación del procedimiento: Clases de iniciación. Ordenación del procedimiento: Impulso. Celeridad. Cumplimiento de trámites. Cuestiones incidentales.
Tema 33. Instrucción del procedimiento administrativo: Actos de instrucción. Alegaciones. La prueba. Informes. Participación de los interesados.
Tema 34. Finalización del procedimiento administrativo. Disposiciones generales. Resolución. Desistimiento y renuncia. Caducidad.
Tema 35. Ejecución de resoluciones administrativas: Título. Ejecutoriedad. Ejecución forzosa. Medios de ejecución forzosa.
Tema 36. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Revisión de actos nulos. Revisión de actos anulables. Suspensión. Revocación de actos. Límites de la revisión.
Tema 37. Recursos administrativos. Principios generales. Objeto y clases. Recurso de revisión. Fin de la vía administrativa. Interposición de recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados. Resolución.
Tema 38. Recurso ordinario: Objeto y plazo. Motivos. Interposición. Resolución presunta. Recurso de revisión: Objeto y plazos. Resolución.
Tema 39. La autonomía universitaria. Tratamiento constitucional y desarrollo legal. Principios generales de la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 40. Regulación de la creación, régimen jurídico y estructura de las universidades en la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 41. El Gobierno de las universidades. Organos colegiados y órganos unipersonales. Su regulación en la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 42. El Consejo de Universidades y el estudio en la universidad. Su regulación en la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 43. El profesorado y el personal de Administración y Servicios. Regulación en la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 44. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma Universitaria. El acceso y permanencia en la universidad. Los procedimientos para el ingreso en los centros universitarios.
Tema 45. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma Universitaria. La regulación de los estudios de tercer ciclo y doctorado.
Tema 46. La función pública en el Estado español: Principios constitucionales. La Ley 30/1984, de 2 de agosto: Registro de Personal. Programación y oferta de empleo público.
Tema 47. Normas para objetivar la selección del personal, la provisión de puestos de trabajo y de promoción profesional de los funcionarios.
Tema 48. Bases del régimen de retribuciones de los funcionarios. Conceptos retributivos. Determinación de las cuantías.
Tema 49. Racionalización de la estructura de los Cuerpos y Escalas y otras clasificaciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 50. Modificación en las situaciones y régimen disciplinario de los funcionarios.
Tema 51. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Especial referencia al sector universitario.
Tema 52. El personal laboral de las universidades andaluzas: Normas de organización del trabajo. Clasificación profesional. Provisión de vacantes, contratación e ingreso.
Tema 53. El personal laboral de las universidades andaluzas: Jornada y horarios. Excedencias y suspensión del contrato de trabajo. Estructura salarial.
Tema 54. Régimen del profesorado universitario. Los Profesores pertenecientes a cuerpos docentes universitarios. Profesores asociados. Profesores eméritos.
Tema 55. Ley 4/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Huelva. Organos provisionales de gobierno. Centros y estudios que imparte.
Tema 56. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia.
Tema 57. Los contratos administrativos en particular, disposiciones comunes a los contratos administrativos de obras, gestión de servicios y suministros.
Tema 58. El contrato de obras. Disposiciones generales. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato de obras. Anteproyecto y proyecto de obras. Replanteo y pliegos de cláusulas administrativas particulares. Expedientes de contratación.
Tema 59. Formas de adjudicación de los contratos de obras. Las subastas. Las subastas con admisión previa. Los concursos. La contratación directa. Publicidad de las adjudicaciones.
Tema 60. Formalización del contrato de obras. Efectos del contrato de obras. Ejecución, cumplimiento de plazos. Abonos al contratista. Modificación del contrato de obras.
Tema 61. Extinción del contrato de obras. Causas y efectos de la resolución. Recepción y liquidación de las obras. Plazo de garantía. Recepción provisional. Recepción definitiva.
Tema 62. Contrato de suministros. Disposiciones generales. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato de suministro. Formas de adjudicación del contrato de suministro: Subasta, concurso, contratación directa.
Tema 63. Formalización del contrato de suministro. Suministros menores. Requisitos de las facturas según el artículo 259 del Reglamento General de Contratación.
Tema 64. Ejecución del contrato de suministros. Modificación del contrato de suministros. Extinción.
Tema 65. Fianzas y demás garantías en los contratos de obras y suministros. Fianzas provisionales, definitiva y complementaria. Las garantías especiales. Los avales.
Tema 66. Decreto 1005/1974, de 4 de abril, por el que se regulan los contratos de asistencia que celebren la Administración del Estado y sus organismos autónomos con empresas consultoras o de servicios. Real Decreto de 17 de julio de 1985, que regula la realización de trabajos específicos y concretos no habituales en la Administración del Estado, sus organismos autónomos y la Seguridad Social.
Tema 67. El Presupuesto: Concepto. Principios presupuestarios. Crisis del modelo clásico del presupuesto.
Tema 68. La Ley General Presupuestaria. Principios generales.
Tema 69. Los créditos presupuestarios. Sus modificaciones. Gastos plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos.
Créditos extraordinarios y suplementos de créditos.
Tema 70. Anticipios de Tesorería. Créditos ampliables. Transferencias de créditos. Ingresos que generan créditos.
Tema 71. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
Tema 72. Ordenación del gasto y ordenación del pago: Organos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen.
Tema 73. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos «en firme» y «a justificar». Justificación de libramiento.
Tema 74. Normas de ejecución del presupuesto de la Universidad de Huelva.
ANEXO II
Ejercicios y valoración
Fase de oposición
La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio:
a) El primer ejercicio constitirá en contestar por escrito un cuestionario de respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta sobre el programa de materias que figura en el anexo I de esta Resolución. El número de preguntas y el tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.
b) El segundo ejercicio constará de cuatro supuestos de carácter práctico de los que se deberá contestar dos a elección del opositor. El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
Valoración de los ejercicios
El Tribunal valorará el primer ejercicio de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar el mismo obtener una puntuación mínima de 5 puntos. Las respuestas erróneas no puntuarán de forma negativa.
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para aprobarlo obtener como mínimo 5 puntos.
ANEXO III
Declaración jurada
Don/doña , con domicilio en , y documento nacional de identidad número
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de la Universidad de Huelva, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En a de de 1995.
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