Habiéndose intentado sin resultado, la notificación domiciliaria a los objetores de conciencia que figuran en el anexo, se comunica, conforme al artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, la Resolución de fecha 10 de junio de 1994, de la Subdirección General de la Oficina para la Prestación Social de los Objetores de Conciencia, cuyo texto es el siguiente:
«Examinados los antecedentes que existen en su expediente personal, se le clasifica a Vd. "útil para realizar la prestación social", conforme a lo dispuesto en los artículos 5 y 6 del Reglamento para la Prestación Social de los Objetores de Conciencia.»
Contra la Resolución, cabe interponer, ante el Director general de Objeción de Conciencia del Ministerio de Justicia e Interior, recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha en que aparezca publicado este escrito de notificación en el «Boletín Oficial del Estado».
Los interesados podrán dirigirse para cualquier aclaración y facilitar su adscripción al destino, a la Oficina para la Prestación Social de los Objetores de Conciencia, calle San Bernardo, número 21, 28015 Madrid, Teléfono 900 21 04 60.
Madrid, 23 de diciembre de 1994.-El Director general de Objeción de Conciencia, Luis Calvo Merino.
(ANEXO OMITIDO)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid