Por Resolución de 15 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 23) de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación y Presidencia de la Comisión Permanente de la Interministerial de Ciencia y Tecnología, se convocaron acciones de formación en el marco del Programa Nacional de Formación de Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y en el del Programa Sectorial de Formación del Profesorado y Personal Investigador en España y en el Extranjero.
De acuerdo con el mandato de coordinación y armonización de programas nacionales y sectoriales, establecido en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, «Boletín Oficial del Estado» de 18 de abril, la Dirección General de Investigación Científica y Técnica tiene atribuida la gestión de ambos programas, así como delegada la competencia para resolver las concesiones de nuevas becas.
En consecuencia, esta Dirección general ha resuelto:
Primero.-Examinadas las relaciones de candidatos propuestos por los directores de investigación relacionados en los anexos A y B de la Resolución de convocatoria y las propuestas de selección efectuadas por las Comisiones Nacionales, conceder las becas del Subprograma de Formación de Postgrado en España (Programa Nacional) y las del Subprograma de Formación de Investigadores «Promoción General del Conocimiento» (Programa Sectorial), que se relacionan en los anexos I y II, respectivamente, de la presente Resolución.
Segundo.-La concesión de estas becas se realiza con efectos de 1 de enero de 1995.
Tercero.-Los beneficiarios están obligados a cumplir las normas establecidas en la Resolución de convocatoria y su concesión queda, asimismo, condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en dichas disposiciones.
Cuarto.-Los becarios que deseen extender el seguro de asistencia médica a cónyuge e hijos, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Investigación Científica y Técnica (Servicio de Formación de Investigadores y Especialistas, calle Serrano, número 150, 28071 Madrid), en el plazo de quince días a partir de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», acreditando, mediante certificación expedida por la Seguridad Social, su no inclusión en la misma.
Quinto.-Esta Resolución se complementará con otras posteriores de adjudicación que se publicarán oportunamente en el «Boletín Oficial del Estado».
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa.
Madrid, 9 de enero de 1995.-El Director general, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación y Perfeccionamiento de Personal Investigador.
(ANEXOS OMITIDOS)
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