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Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 30 de diciembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), en el recurso contencioso-administrativo número 347/93, promovido por doña Julia Pastor Alvarez, contra Resolución expresa de este Ministerio desestimatoria de la reclamación formulada sobre abono de diferencias retributivas por el concepto de indemnización por residencia, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Julia Pastor Alvarez, contra la resolución que recoge el primero de los antecedentes de hecho de esta sentencia, la que consideramos ajustada al ordenamiento juridico. Sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 4 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
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