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Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 14 de marzo de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el recurso contencioso-administrativo número 558/1994, promovido por don Víctor Fernando Triana Pérez, contra Resolución expresa de este Ministerio desestimatoria de la pretensión del recurrente de que la cuantía de todos los trienios que tiene reconocidos sea la correspondiente al Grupo al que actualmente pertenece, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Víctor Fernando Triana Pérez, contra Resolución del Subseretario de Sanidad y Consumo de 10 de marzo de 1994. Sin condena al pago de las costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 4 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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