Ilmo. Sr. El Consejo de Ministros, en su reunión del día 21 de abril de 1995, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.-Las subvenciones a los Ayuntamientos para los gastos de funcionamiento de los Juzgados de Paz se modularán en función de la población de derecho de los municipios, de conformidad con los siguientes tramos:
Número de habitantes / Cuantía anual - Pesetas
De 1 a 499 / 45.000
De 500 a 999 / 80.000
De 1.000 a 2.999 / 145.000
De 3.000 a 4.999 / 207.000
De 5.000 a 6.999 / 250.000
De 7.000 o más / 283.000
Segundo.-En virtud de lo dispuesto en la disposición adicional décima de la Ley 38/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993, los Ayuntamientos de los municipios integrantes de cada una de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, constituidas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 50.1 y 2 de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, percibirán el 50 por 100 de la cantidad que, por población de derecho, les corresponda.
El restante 50 por 100 pasará a incrementar la cantidad que, en función de su población de derecho, corresponda a los Ayuntamientos de los municipios sedes de las citadas agrupaciones.
Tercero.-En base a lo dispuesto en los Reales Decretos 966/1990, de 20 de julio; 1684/1987, de 6 de noviembre; 2166/1994, de 4 de noviembre, y 293/1995, de 24 de febrero, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña, Comunidad Autónoma del País Vasco, Comunidad Autónoma de Galicia y Comunidad Valenciana, respectivamente, en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, el presente acuerdo no será de aplicación a los Ayuntamientos de las mencionadas Comunidades Autónomas.
Cuarto.-Por los Ministerios de Justicia e Interior y de Economía y Hacienda se determinarán los procedimientos de gestión para librar a los Ayuntamientos las cantidades referidas.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 12 de mayo de 1995.
BELLOCH JULBE
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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