Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 20 de septiembre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 2.341/1992, promovido por «Mantequerías Riera, Sociedad Anónima», sobre retención de cantidad correspondiente a mantequilla que no se incorporó a productos finales; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador don Roberto Sastre Moyano, en nombre y en representación de la entidad "Mantequerías Riera, Sociedad Anónima", contra la Resolución dictada por el ilustrísimo señor Director general del Servicio Nacional de Productos Agrarios (SENPA), de fecha 13 de enero de 1992, confirmada en alzada por Resolución dictada por el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha 7 de septiembre de 1992, y, en consecuencia, debemos declarar y declaramos la nulidad parcial de las mismas de acuerdo con los razonamientos contenidos en esta resolución.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 8 de mayo de 1995.-El Ministro, P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del SENPA.
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