Visto el expediente de indulto de don Santiago Hernández Marcos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, con denado por el Juzgado de lo Penal número 2 de León, en sentencia de fecha 31 de diciembre de 1993, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de dos meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 22 de noviembre de 1990; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de abril de 1995,
Vengo en conmutar a don Santiago Hernández Marcos la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de multa de 50.000 pesetas, a condición de que satisfaga la misma en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 28 de abril de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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