Visto el expediente de indulto de don Manuel Prieto Heredia, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Granada, en sentencia de fecha 11 de noviembre de 1993, como autor de un delito de robo con fuerza, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 3 de agosto de 1985; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de abril de 1995,
Vengo en conmutar a don Manuel Prieto Heredia la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por multa de 100.000 pesetas, a condición de que satisfaga la misma en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 28 de abril de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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