En el recurso contencioso-administrativo número 1.769/1992-04-L, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Babe, Sociedad Anónima» contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 4 de febrero de 1991 y 11 de mayo de 1992, se ha dictado, con fecha 14 de diciembre de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por el Procurador don Luis Piñeira de la Sierra, en nombre y representación de la mercantil «Babe, Sociedad Anónima» contra las resoluciones de fecha 4 de febrero de 1991 y 11 de mayo de 1992, dictadas por la Oficina Española de Patentes y Marcas, que deniegan la inscripción de la marca número 1.242.257 (6) «Fasprint», gráfica, clase 42, debemos declarar y declaramos que ambas resoluciones están ajustadas a Derecho; sin hacer mención especial en cuanto a las costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 17 de abril de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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