En el recurso contencioso-administrativo número 971/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Estur, Sociedad Anónima», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de enero de 1993, se ha dictado, con fecha 10 de febrero de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de "Estur, Sociedad Anónima", contra el acto dimanante de la Oficina Española de Patentes y Marcas, antes expresado, declaramos tal acto nulo, como contrario a Derecho, y acordamos la concesión de la marca número 1.233.250, a cuyo cumplimiento condenamos a la Administración; sin condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 17 de abril de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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