En el recurso contencioso-administrativo número 621/1991, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Lucas Industries P. L. C.» contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de mayo de 1989 y 18 de junio de 1990, se ha dictado, con fecha 27 de octubre de 1993, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Lucas Industries P. L. C.", representada por el Procurador de los Tribunales don Luis Suárez Migoyo, contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de mayo de 1989, que concedió la marca número 1.260.754. "Bis Lucas" clase 14 del Nomenclátor, y contra la de 18 de junio de 1990, que desestimó el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones no ajustadas a derecho, anulando las mismas, ordenando por el contrario la denegación de la marca concedida; sin hacer especial imposición de las costas del recurso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 17 de abril de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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