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En el recurso contencioso-administrativo número 603/93-03, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Novena, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, entre «Elías Querejeta P. C., Sociedad Limitada», y la Administración General del Estado, sobre subvenciones a cortometrajes, ha recaído sentencia en 8 de febrero de 1995, cuyo fallo es el siguiente:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora López Jiménez, en nombre y representación de "Elías Querejeta P. C., Sociedad Limitada", contra la Resolución de fecha 19 de febrero de 1993 de la Subsecretaría del Ministerio de Cultura, que desestimó una vez acumulados los recursos de alzada interpuestos contra las Resoluciones de fecha 3 de noviembre de 1992 de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales recaídas en los expedientes 148 a 153/92, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico.»
En virtud de lo cual, este Ministerio dispone que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y que se publique dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 12 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 9 de junio de 1994), el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.
Ilmo. Sr. Director general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
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