La cala S'Alguer, tradicional poblado de pescadores, se encuentra en el término municipal de Palamós (Baix Empordà), entre La Fosca y la playa de Castell, cerca del antiguo castillo de Sant Esteve de Mar. Alineadas ante el mar y protegidas bajo la zona boscosa que les da cobijo, se encuentran las barracas de pescadores, antiguas construcciones destinadas a guardar las barcas y los aparejos de pesca, que conservan todo su encanto como bello testimonio de una actividad humana intrínsecamente relacionada con el mar. Estas construcciones, con paredes de piedra y bóvedas de cerámica a la catalana con tres capas de ladrillo, disponen de terrazas y rampas naturales para varar las barcas. Son un importante ejemplo de arquitectura popular y tradicional plenamente integrada en el paisaje.
Considerando que la cala S'Alguer está protegida por la declaración de paraje pintoresco de determinados sectores de la Costa Brava, efectuada por Decreto de 15 de septiembre de 1972, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de octubre de 1972;
Vista la disposición adicional quinta de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, según la cual los parajes pintorescos deberán ser reclasificados a favor de alguna de las figuras establecidas por el artículo 7 de la misma Ley, o por la legislación sobre espacios naturales, en el plazo de tres años desde la entrada en vigor de dicha Ley;
Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural, que motiva la necesidad de proteger la cala S'Alguer por sus valores culturales, con la categoría de conjunto histórico, y de delimitar su entorno de protección;
Visto el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural catalán;
Vistos los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Primero.-Incoar el expediente de reclasificación como bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, de la cala S'Alguer, en Palamós, y delimitar su entorno de acuerdo con el plano que se publica junto con esta Resolución.
Segundo.-Abrir un período de información pública de un mes, para que en este plazo se puedan presentar alegaciones. El expediente se puede examinar y las alegaciones se pueden presentar durante este plazo, en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Girona, calle Ciutadans, 18 (Casa Solterra), 17004 Girona.
Tercero.-Notificar esta Resolución a los interesados y al Ayuntamiento de Palamós.
Barcelona, 2 de mayo de 1995.-El Consejero, Joan Guitart i Agell.
(GRAFICO OMITIDO)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid