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Artículo único.
Se homologa la modificación de Estatutos de la Mancomunidad de La Costera, que pasa a denominarse Mancomunidad de La Costera-Canal, al haberse adherido a la misma los municipios de Quesa, Bicorp y Bolbaite y separado los municipios de Genovés, Llanera de Ranes, Montesa, Vallada, La Granja de la Costera y Rotglá y Corberá y haberse acreditado en el expediente la legalidad de las actuaciones.
Valencia, 3 de mayo de 1995.-El Consejero, Luis Berenguer Fuster.
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