En el recurso contencioso-administrativo número 803/1988, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por don Vicente Palop Arcón contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 11 de febrero de 1987, se ha dictado, con fecha 22 de julio de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso administrativo promovido por el Procurador don Javier Ungría López, en nombre y representación de don Vicente Palop Arcón, contra la desestimación por silencio del Registro de la Propiedad Industrial del recurso de reposición formulado contra la Resolución del mismo Registro de 11 de febrero de 1987 y declaramos:
Primero.-La nulidad de ambas Resoluciones, expresa la primera, la segunda presunta, por no ser conformes a derecho.
Segundo.-El derecho del recurrente a la concesión del modelo de utilidad 287.822, titulado «precinto mejorado».
Tercero.-No procede hacer expresa declaración en materia de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1994.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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