Con fecha 6 de septiembre de 1990, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictó sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 619/1987 y acumulados del 620 al 625/1987, promovidos por don Luis Borra Callizo y otros, sobre petición a ser clasificados como funcionarios del IRA; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por don Luis Borra Callizo y otros relacionados al principio, y seguido en su nombre y representación por el Letrado don Carlos Iglesias Selgas, contra resoluciones de la Dirección General del Instituto de Relaciones Agrarias y del Ministerio de Agricultura, a que se contrae el recurso, en que se denegó la petición de los recurrentes respecto a clasificación como funcionarios del IRA y percepción del 100 por 100 de retribuciones básicas, debemos declarar y declaramos ajustadas a derecho las resoluciones recurridas; sin hacer imposición de costas.»
Habiéndose interpuesto recurso de apelación por la parte recurrente, el Tribunal Supremo, con fecha 8 de noviembre de 1994, dictó sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Luis Borra Callizo, doña María Rosa Laborda Blanc, don Antonio Esteban Cama Lacambra, don Ramón Angel Lanau Altemir, don Ricardo Marquina Benedet, don Valentín Martín Sarasa y don Eduardo Montori Escalona, contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 6 de septiembre de 1990, dictada en el recurso número 619/1987, sobre reclamación de equiparación funcionarial.
No se hace una expresa condena por las costas procesales causadas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 22 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del IFA.
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