Mediante Decreto de 22 de abril de 1949 sobre protección de los castillo españoles, todos los castillo de España, cualquiera que sea su estado de ruina, quedan bajo la protección del Estado.
Asimismo, la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español establece que se consideran de interés cultural y quedan sometidos al régimen previsto en la presente Ley los bienes a que se contraen los Decretos de 22 de abril de 1949, antes reseñado, 571/1963 y 499/1973.
Por Resolución de 12 de junio de 1985 de la Dirección General de Bellas Artes, se incoó expediente de declaración de Monumento Histórico-Artístico, a favor de las Ruinas del Fuerte de Santa Bárbara, de la Línea de la Concepción (Cádiz), atendiendo a su significación como obra maestra de la arquitectura militar del siglo XVIII.
Por último, el 12 de diciembre de 1994 la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura resuelve que este inmueble quede inscrito en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Patrimonio Histórico Español, con categoría de Monumento, teniendo en cuenta la disposición adicional segunda antes mencionada.
En consecuencia, vista la propuesta del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, esta Dirección General, resuelve dejar sin efecto dicha Resolución.
Contra esta Resolución cabrá interponer recurso ordinario ante el excelentísimo señor Consejero de Cultura en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación.
Sevilla, 18 de abril de 1995.-El Director general, Lorenzo Pérez del Campo.
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