En el recurso contencioso-administrativo número 2.711/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por «Tanio, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de junio de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 19 de febrero de 1993, se ha dictado, con fecha 21 de julio de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto en representación de la entidad «Tanio, Sociedad Anónima», contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de junio de 1991 (confirmada en reposición con fecha 19 de febrero de 1993) por la que se deniega el registro de la marca número 1.286.656 "Borgilla", para desingar productos de la clase 29.ª del Nomenclátor, sin imponer las costas de este proceso a ninguno de los litigantes».
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1994.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid