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Documento BOE-A-1995-1352

Orden de 9 de enero de 1995 por la que se aprueba la disminución de unidades concertadas al centro privado de Educación Especial «Inmaculada Concepción», de Meres-Siero (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 1995, páginas 1684 a 1685 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-1352

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente tramitado por la Dirección Provincial de Educación y Ciencia de Asturias, en relación con la modificación del concierto educativo del centro privado de Educación Especial «Inmculada Concepción», de Meres-Siero (Asturias), del que se deduce que el número de alumnos con necesidades educativas especiales escolarizados en el centro, ha descendido considerablemente, por lo que procede modificar el concierto educativo suscrito, en cuanto al número de unidades concertadas;

Resultando que, con fecha 7 de mayo de 1993, se suscribió por el representante legal del centro el documento administrativo del concierto educativo para 12 unidades de Educación Especial (cinco del módulo económico para alumnos con deficiencias y siete para alumnos con plurideficiencias) y cuatro unidades de Formación Profesional Especial, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 13 de abril de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 23), por la que se aprobó la renovación de los conciertos educativos;

Resultando que, por Orden de 14 de abril de 1994, se dispone la modificación de los conciertos educativos para el curso 1994/95, quedando establecido un concierto con el centro «Inmaculada Concepción» para ocho unidades de Educación Especial (cuatro del módulo económico para alumnos con deficiencias psíquicas y cuatro para alumnos con plurideficiencias) y tres unidades de Formación Profesional Especial (dos del módulo económico para alumnos con deficiencias psíquicas y una para alumnos con plurideficiencias);

Resultando que, de los informes emitidos por el Servicio de Inspección Técnica de Educación y de la Unidad de Programas Educativos de la Dirección Provincial de Asturias, se desprende que el número de alumnos de este centro ha descendido considerablemente, sólo se justifica el concierto educativo para cuatro unidades de Educación Especial y dos unidades de Formación Profesional Especial-Aprendizaje de Tareas;

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos; las Ordenes de 13 de abril de 1993 y 14 de abril de 1994; la Orden de 18 de septiembre de 1990, por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades educativas especiales; el apartado 4.º de la Orden de 22 de diciembre de 1992, y demás disposiciones de aplicación;

Considerando el informe elaborado por la Subdirección General de Educación Especial en el que manifiesta que, teniendo en cuenta el número de alumnos escolarizados en el curso actual en el centro «Inmaculada Concepción», y de acuerdo con la Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades educativas especiales, procede la modificación del concierto educativo suscrito con el mencionado centro, por reducción de cuatro unidades de Educación Especial y una unidad de Formación Profesional Especial;

Considerando lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores (Ley 8/1980, de 10 de marzo), modificado por la Ley de Procedimiento Laboral (Ley 11/1994, de 19 de mayo), y a fin de respetar los plazos de preaviso de la extinción del contrato laboral de los trabajadores del centro, establecidos en el artículo 53, c), de la mencionada legislación laboral, la presente Orden surtirá efectos transcurrido un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»;

Teniendo en cuenta que el expediente de disminución ha sido tramitado de forma reglamentaria, de conformidad con el artículo 46.3 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre,

Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Programación e Inversiones, previo informe favorable de la Dirección General de Centros Escolares, ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la disminución de cuatro unidades de Educación Especial y una unidad de Formación Profesional Especial al centro privado de Educación Especial «Inmaculada Concepción», de Meres-Siero (Asturias), quedando establecido un concierto educativo en el curso 1994/95, para:

Cuatro unidades de Educación Especial, a las que se aplicarán los siguientes módulos económicos:

Dos para alumnos con deficiencia psíquica.

Dos para alumnos con plurideficiencias.

Dos unidades de Formación Profesional Especial, a las que se aplicarán los siguientes módulos económicos:

Uno para alumnos con deficiencia psíquica.

Uno para alumnos con plurideficiencias.

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Ciencia notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Asturias y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-Si el titular del centro concertado, sin causa justificada, no suscribiese el documento de la variación en la fecha establecida, la Administración procederá a realizarla de oficio, sin perjuicio de la posible aplicación al centro de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Ley Orgánica 8/1985 y 52 del Reglamento de Conciertos.

Quinto.-La modificación que por esta Orden se aprueba, surtirá efectos transcurrido un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de enero de 1995.

SUAREZ PERTIERRA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación e Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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