En el recurso contencioso-administrativo número 587/1993, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, interpuesto por doña María Asunción Rubio Juan, contra la Administración del Estado, sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 24 de junio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Desestimando íntegramente el recurso interpuesto por doña María Asunción Rubio de Juan, contra la resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora del Ministerio de Educación y Ciencia, referida en el primer fundamento de esta resolución, debemos declarar y declaramos ajustado a derecho tal acto, por lo que se mantiene, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.»
Dispuesto por Orden de 31 de marzo de 1995 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos.
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 28 de abril de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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