En el recurso contencioso-administrativo número 4/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Centros Comerciales Continente, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 30 de octubre de 1990 y 15 de julio de 1991, se ha dictado, con fecha 19 de mayo de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Pombo García, actuando en nombre y representación de la entidad "Centros Comerciales Continente, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 30 de octubre de 1990, por la que se denegó la marca número 1.563.069 "Big Team", así como contra la de 15 de julio de 1991, por la que se desestimó el recurso de reposición formalizado contra la misma, debemos anular y anulamos dichas Resoluciones por contrarias a derecho, reconociendo en su lugar el de la recurrente a que se proceda a la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial de la marca interesada y respecto de la clase que se solicita; todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1994.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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