La Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia número 56/1995, de fecha 7 de marzo de 1995, condenó a don Miguel Campillo López, funcionario del Cuerpo de Auxiliares Postales y de Telecomunicación -Escala de Clasificación y Reparto-, A13TC16038, como autor responsable de un delito de malversación de caudales públicos, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de diecisiete años cuatro meses y un día de reclusión menor e inhabilitación absoluta por tiempo de diez años y un día, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de dicha pena de privación de libertad.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37.1.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de 1964 y artículo 35.1 del Código Penal, en cuanto a los efectos de la pena de inhabilitación absoluta,
Este Ministerio dispone la pérdida de la condición de funcionario de don Miguel Campillo López.
Madrid, 16 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 24 de abril de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de mayo), la Secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado Méndez.
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